Previsión en Personas con Discapacidad - --- INCLUYE AHORA ---

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viernes, 28 de diciembre de 2012

Previsión en Personas con Discapacidad

Los cambios, medidas y productos previsionales que se relacionan directamente con las personas que viven con algún tipo de discapacidad, son:

Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez

Es una pensión de 80.528 pesos mensuales que el Estado entrega a las personas que han sido calificadas como inválidas y  están dentro del 60% de las familias más pobres del país.

Para solicitar la PBS de Invalidez, usted debe:
1.-  No estar recibiendo ningún tipo de pensión.

2.-  Ser calificado como inválido por las Comisiones Médicas de Invalidez de la Superintendencia de Pensiones.
3.-  Tener más de 18 y menos de 65 años (hombres y mujeres).
4.-  Tener  residencia en el país por un período mínimo de 5 años en los últimos 6 años anteriores a la solicitud.
5.-  Contar con su Ficha de Protección Social. Si no la tiene, solicítela en su Municipalidad.
6.-  Pertenecer al 60% de las familias más pobres, lo que se determinará una vez ingresada su solicitud.

¿Dónde se solicita el beneficio?
En el Instituto de Previsión Social (ex INP) o en su Municipalidad, presentando su cédula de identidad.


Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez

Es un aporte mensual en dinero que complementa las pensiones de invalidez, cuyo monto sea menor al de una Pensión Básica Solidaria.

Para solicitar el APS de Invalidez, usted debe:
1.- Considerar que el total de la o las pensiones que recibe (invalidez y/o sobrevivencia) no sea superior a una Pensión Básica Solidaria (es decir, menor a $80.528 mensuales).

2.- Tener más de 18 y menos 65 años de edad (hombres y mujeres).
3.- Ser declarado inválido por las Comisiones Médicas de Invalidez de la Superintendencia de Pensiones.
4.- Tener residencia en el país por un período mínimo de 5 años en los últimos 6 años anteriores a la solicitud.
5.-  Contar con su Ficha de Protección Social. Si no la tiene, solicítela en su Municipalidad.
6.- Pertenecer al 60% de las familias más pobres, lo que se determinará una vez ingresada su solicitud.

¿Dónde se solicita el beneficio?
En su AFP, en su Municipalidad o en el Instituto de Previsión Social (ex INP), presentando sólo su cédula de identidad.

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